jueves, 22 de abril de 2010

SE TRANSCRIBE COMUNICADO Nº 01/10 DE LA DIRECCIÓN DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA SU CONOCIMIENTO Y DIFUSIÓN.


SE TRANSCRIBE COMUNICADO Nº 01/10 DE LA DIRECCIÓN DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA SU CONOCIMIENTO Y DIFUSIÓN.

                                                                                 
COMUNICADO N° 1/2010

A  LA DIRECCION DE GESTION DE ASUNTOS DOCENTES
A LA SECRETARIAS DE ASUNTOS DOCENTES
A LOS CENTROS DE FORMACION PROFESIONAL

Esta Dirección de Formación Profesional comunica por su intermedio  y a través de las Secretarias de Asuntos Docentes,  a los Centros de Formación Profesional, que para la inscripción de los postulantes a Instructores para la Formación Profesional, se aplica la Disposición N° 316/06 con sus Anexos I y II,  la Disposición N° 12/07, y sus  rectificatorias,  que se establecen a  continuación Ad referéndum del Acto Dispositivo que se tramita:
-        Articulo 2° dirá : “Establecer según lo reglamentado en la Resolución 68/87, los criterios para la inscripción de ingreso docente en la modalidad Formación Profesional.”

-        Artículo 3° dirá  : Aplicar a partir de la firma de la presente en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, el procedimiento que se detalla en el Anexo I, para la Inscripción de Instructores Pañoleros y/o Preceptor en el  Listado de Formación Profesional, que debe instrumentarse en las Secretarías de Asuntos Docentes de los Distritos.”

-        En el Anexo  I, Tabla de Valoración de Títulos y Antecedentes Ítem 1 punto A) dirá : “ se deberán considerar  todos los certificados de cursos de Formación de Instructores emitidos por la Dirección General de Cultura y Educación”.
            

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