miércoles, 13 de mayo de 2015


Compañer@S:
Desde el 1º de Mayo en SUTEBA ampliamos lo que entregamos en materia de beneficios con mejoras muy significativas en términos monetarios.

Subsidio por Casamiento
$1.500 + Luna de Miel
Subsidio por Nacimiento
$1.500 + Ajuar 2015 + Pañales
Subsidio por Adopción
$1.500 + Ajuar 2015 y Pañ. / Mochi
Subsidio por Fallecimiento
$ 2.800.

Ajuar 2015: Bolso de gabardina con bordado - Toalla con capucha y bordado -Juego de sabanas de tres piezas, bordadas - Bata y gorro de algodón fantasía blanco - Cambiador de satín blanco - Portaenfant de polar, bordado - Remera de lactancia - Manta de jersey estampado forrado con jersey liso y aplique bordado; y cuarteto: body, gorro, rana y bata de jersey estampado.
Importante
Los nuevos valores estarán vigentes para todos los acontecimientos que se produjeran a partir del 1º de Mayo (inclusive), es decir, se tomará en cuenta la fecha del acontecimiento (nacimiento, adopción, fallecimiento) y no la de realización del pedido. Así, en los casos de tenencia o adopción, la fecha válida será aquella en que el juzgado otorgue la tenencia o guarda.

En los casos de doble afiliación, por nacimiento y adopción se entregará un ajuar y pañales (por un afiliado) y una provisión extra de pañales (por el otro afiliado). En los casos de embarazos múltiples se entregarán tantos beneficios como nacimientos o adopciones se produzcan.

REQUISITOS GENERALES PARA SOLICITAR SUBSIDIOS POR BENEFICIOS SOCIALES
¿Quienes acceden?
Para acceder a los Beneficios Sociales de Suteba, los afiliados deberán acreditar una carencia mínima de seis (6) meses computados a la fecha en que se produce el hecho que genera el subsidio.
Durante los meses de Campaña de Afiliación, Suteba reduce la carencia a sólo un mes de aporte.

¿Dónde se solicita el beneficio?
Se solicitan en la Seccional del Distrito del afiliado.

¿Qué deben hacer los afiliados para solicitarlo?
Se deberá llenar un formulario de subsidio especial y adjuntar la documentación requerida para cada caso. Se establece un plazo máximo de hasta sesenta (60) días a partir del momento en que se produce el acontecimiento para la solicitud del subsidio.


SECRETARÌA DE COMUNICACIONES


                       



No hay comentarios:

Publicar un comentario